Precios: AFIP carga 20% de IVA y 6% de Ganancias más en productos importados

Los importadores ya no podrán evitar el pago de impuestos en exceso, sino que hundirán en AFIP dinero por meses que se comerá la inflación

La AFIP creó dos virtuales nuevos impuestos para importadores, al obligarlos a absorber hasta diciembre los pagos en exceso de IVA e Impuesto a las Ganancias que se acumulan por percepciones, y estos pagos se trasladarán a precios.

La medida obtendrá un aumento de la recaudación tributaria aduanera de 20% en IVA y de 6% en Ganancias. En términos de ingresos, se estima una cifra cercana a los $979.000 millones anuales, informó la AFIP.

La Resolución General 5339/2023 de AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, modifica los regímenes de percepción de IVA y Ganancias en las operaciones de importación, al suspender los certificados de exclusión, salvo importaciones para consumo de micro y pequeñas empresas, explicó Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores.

La norma suspende la aplicación de esos certificados de no percepción para importadores, por 9 meses, hasta el 31 de diciembre próximo, precisó Fernando López Chiesa, del estudio Lisicki, Litvin & Asoc.

Como ocurrió con la nueva percepción de 3% de IVA, estos nuevos cargos a las importaciones van a aumentar el precio final del producto que llega al consumidor fiscal, al no poder absorver la empresa el efecto de la inflación, alertó.

En qué consisten las percepciones y cómo afectan a los importadores

Las siguientes son las claves de las nuevas normas para importadores, según afirmó Rodríguez:

1. La AFIP adelanta el cobro de los impuestos mediante regímenes de percepción y retención que aplican alícuotas de IVA e Impuesto a las Ganancias sin esperar al vencimiento. Cuando estos pagos suman más que el impuesto total, los contribuyentes pueden presentar un certificado para frenarlos. Pero ahora la AFIP los eliminó para importadores.

2. Los regímenes de percepción en las importaciones implican que los empresarios o autónomos pagarán lo siguiente:

  • IVA.
  • Percepción de 20% IVA.
  • Todos los aranceles.
  • Percepción de 6% Impuesto a las Ganancias.

3. La aplicación constante de percepciones lleva a la acumulación de saldos a favor en los impuestos, o sea, cifras que superan lo que en definitiva habrá que tributar en total, y ante esto, se puede pedir un certificado de no percepción para que frene el anticipo de pagos.

4. Cuando las percepciones a sufrir, puedan dar lugar a un exceso en el cumplimiento de la obligación tributaria por generarse saldos a favor, podrá solicitarse una autorización de exclusión del régimen.

5. En el Impuesto a las Ganancias, el certificado de exclusión puede pedirse en cualquier mes del año calendario y tendrá vigencia de un año.

Qué ocurrirá con las percepciones por la nueva norma de AFIP

6. Ahora, salvo micro y pequeñas empresas, los importadores no van a poder frenar las percepciones, sino que van a tener que pagarlas en cada operación.

7. Esto implica que el IVA no va a poder compensarse ni siquiera en el noveno me posterior posterior a la fecha del despacho de importación, tal como ya lo retrasan las normas, y el Impuesto a las Ganancias no va a poder tomarse al calcular los anticipos.

8. Los anticipos de Impuesto a las Ganancias son 10  para personas jurídicas. En el primero se paga sobre 25% de la base, y en el resto, 8,33%. Una empresa con cierre diciembre, presenta la declaración jurada y paga 2022 en mayo, y en junio comienza con los anticipos. El primer mes la carga financiera ya importante, y a esto se sumará que en la base no va a poder restar las percepciones, sostuvo López Chiesa.

“La AFIP trabaja con la hipótesis de que los operadores económicos no pagan los impuestos como debieran, y por eso los obliga a adelantaros, pero también busca generar flujo de ingresos al Estado, que hoy están complicados, sin considerar el perjuicio de los contribuyentes por saldos a favor que terminan licuados por inflación”, concluyó Rodríguez.